sábado, 3 de octubre de 2009

SEGURO DOTAL DE RETIRO


"LOS SEGUROS DOTALES DE RETIRO SON DEDUCIBLES DE IMPUESTOS "
Un Seguro Dotal de Retiro le ofrece varios beneficios, por una parte la proteccion de un seguro de vida, por la otra, le paga en vida la cantidad que Usted contrate; y finalmente la deducibilidad conforme a los estimulos fiscales que marca la ley del ISR.

El Seguro dotal de Retiro le entregara a las personas que Usted indique la cantidad contratada si llegara a fallecer durante la vigencia del seguro, a diferencia de cualquier instrumento de ahorro tradicional, el cual solo le entregaria el monto ahorrado mas intereses, el cual puede ser muy pequeño si el plazo es pequeño.

La principal importancia de este tipo de Seguro es la cantidad de dinero que contrate, ya que le pagarán en caso de supervivencia al final del plazo la cantidad contratada, PARA DISFRUTAR DE ELLA DURANTE SU RETIRO. esto se debe por el doble beneficio, protección por fallecimiento y protección por supervivencia. Puede contratarse en Moneda Nacional o en Dólares y la edad a la que desea retirarse.

" USTED PUEDE HACER DEDUCIBLE SU SEGURO DOTAL DE RETIRO "

Art 218. Ley del ISR.- La cantidad correspondiente al componente de Supervivencia de este Seguro puede deducirse de su base gravable de impuestos, segun las indicaciones del la Ley del ISR (Estimulos Fiscales). La compañía Aseguradora desglosará en forma independiente los importes por protección y por supervivencia, para incluirlos en su declaración anual de impuestos.












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